martes, 24 de enero de 2017

Un Sable y su Oficial: el alférez de navío Alberto Caso Montaner


En este artículo1 se presentan los resultados de una investigación que tuvo como punto de partida el estudio de un antiguo sable reglamentario de oficial de la Armada Española procedente de la Segunda República, y que puso al descubierto la vida de un marino durante la Guerra Civil, vida sacudida por los acontecimientos, sirviendo en uno y otro bando, y que culmina con la celebración de un Tribunal de Honor, antiguo y dudoso artificio jurídico abolido en la actualidad.

Introducción

Es conocido el enorme simbolismo que acarrean determinadas armas portátiles para sus propietarios, debido a su carácter intrínsecamente personal. Esto es especialmente cierto cuando hablamos de la espada, por su historia ligada en el imaginario colectivo con conceptos tales como el honor, la nobleza, la fidelidad y el sacrificio, y, dentro de la milicia, especialmente aplicable a los oficiales, que gozan históricamente del privilegio de disponer de armas en propiedad. A diferencia de los miembros de la tropa que, quizá equivocadamente en mi opinión, en los ejércitos de la edad contemporánea se han visto obligados a considerar su arma como una simple herramienta que, una vez utilizada, les es arrebatada de las manos para reposar de nuevo, anónima, en su armero, identificada a lo sumo por un simple número desprovisto de personalidad.

En otras latitudes es muy frecuente que los oficiales, de forma casi sistemática, personalicen sus armas personales con su nombre o iniciales. O, en otros casos, que sea el fabricante quien, tras asignar un número de serie al arma en cuestión, conserve después registro con los datos del propietario y la fecha de su adquisición2. Todos ellos, huelga decir, datos de indudable interés histórico.

En el ámbito militar español, lamentablemente para el estudioso, la situación ha sido muy diferente. Es lo habitual encontrar sables y espadas de oficial sin marcas personales de ningún tipo, pese a tratarse de armas que eran adquiridas privadamente por sus usuarios. En contadas ocasiones, y debido normalmente a tratarse de regalos por parte de familiares o compañeros de armas, aparecen inscripciones alusivas al hecho que se celebraba (un nombramiento, un ascenso, una licencia…). En otros casos, encontramos espadas y sables de recompensa que aluden tanto a la victoria en determinado hecho de armas como al militar que la hizo posible, hecho merecedor de ser conmemorado en la forma más apropiada, de igual manera que podía serlo para un guerrero de la antigüedad: sobre el instrumento propio de la dignidad de su oficio, encarnado con un nivel de calidad y artístico correspondiente a la efeméride.

No obstante, existen excepciones afortunadas. Una de ellas la constituyen los sables portados por los marinos de la Armada Española. En estos sables es casi una regla la presencia de marcas que los vinculan a sus propietarios originales, los oficiales que los empuñaron. Y siendo testigos de acontecimientos del pasado, esto los hace el medio idóneo para llegar a un fin, que es dignificar los hechos y servicios de quienes los ciñeron, rescatando así su memoria, reviviendo instantes de gloria o derrota, pero siempre de sacrificio a favor de un bien considerado superior a la propia existencia. Un rey, una patria, una nación o una idea. El que corresponda a cada momento de la Historia.

Un sable de oficial de marina

El sable del que hablaremos en este artículo, y que ha rescatado la memoria de su antiguo poseedor, apareció en un anticuario del área de Cádiz, y en ese aspecto éste era inicialmente el único dato de procedencia disponible. Se trata de un sable Modelo 1844 para Oficial de la Armada Española.

Fig. 1. El sable, del modelo 1844 para Oficial de la Armada, con su vaina.

Hasta hace muy pocos años este conocido tipo de sable recibía la denominación de Modelo 1857, y así era conocido entre los coleccionistas y aficionados de la historia militar. Sin embargo, según recientes investigaciones publicadas por D. Adolfo Bernalte3, reconocido estudioso del arma blanca, dicho sable aparece perfectamente descrito en una Real Orden de 20 de diciembre de 1844, siendo ésta por tanto la fecha que debe considerarse como de adopción oficial del modelo. En realidad, es más que posible que se diese carta de naturaleza a un uso ya habitual de este sable por parte de los oficiales de la Armada, ya que se basa en un modelo británico de la década de 1820, y existen litografías incluso anteriores a la citada R.O. que lo muestran como parte de la uniformidad de los oficiales españoles.

Este modelo es comúnmente atribuido a los oficiales del Cuerpo General de la Armada, pero hay que advertir que también fue utilizado por los del Cuerpo de Ingenieros, el de Ingenieros de Armas Navales, el de Sanidad y el de Administración4, todos ellos dentro del ámbito de la Armada. A esto debemos nosotros añadir que es seguramente el modelo reglamentario español de más larga vida, puesto que con modificaciones menores se encuentra aún en servicio entre los oficiales de nuestra marina de guerra que, dentro del respeto a la tradición que en ella aún impera, establece que en las guardias los oficiales aún porten sable.

Fig. 2. Guarnición del sable.

Pasemos a describir brevemente este ejemplar en concreto: su guarnición está construida en latón, con cazoleta cerrada, charnela abatible y galluelo redondo. La cazoleta o concha aparece grabada con un ancla bajo corona mural, del tipo en vigor durante los periodos republicanos5. La monterilla es corrida y culmina en una cabeza de león. El puño es de pasta blanca, con torzal de alambre de latón.


Fig. 3. Corona mural sobre ancla en la cazoleta.

La hoja es recta, con un filo hasta la pala, que aparece ensanchada y a doble filo. El lomo es redondo y se extiende a modo de nervio central de refuerzo a lo largo de la pala. Este diseño representa un punto intermedio entre la hoja tradicional del modelo, que era ligeramente curva pero igualmente con pala ensanchada y refuerzo central, y la hoja establecida reglamentariamente, que a partir de 1912 es la de tipo Puerto-Seguro, recta y que cuenta con lomo cuadrado y vaceos de caras rectas en casi toda su extensión. Precisamente en relación con esta normativa, la presencia de hoja recta en esta pieza, así como el puño realizado en pasta y otros detalles de fabricación, permiten afirmar que fue construido durante la segunda República, y nunca durante la primera.

En realidad, la arquitectura de la hoja de este ejemplar, no exenta de una agradable estética propia de la tradición marinera y que sólo por eso ya sería preferida por la oficialidad al reglamentario diseño de Puerto-Seguro, representa un compromiso entre la necesaria rigidez para una correcta estocada (gracias a la presencia del lomo redondo que se extiende en forma de refuerzo hasta la punta) y una cierta capacidad de corte, facilitada por la mayor masa presente en el tercio distal (el correspondiente a la zona de la punta) gracias a la pala ensanchada, al estilo del yelman de los sables turcos. De este modo se consigue un centro de gravedad adelantado6 que compensa la modesta longitud del arma, limitación impuesta originalmente por su uso en el espacio reducido y lleno de obstáculos que supone la cubierta de un buque durante un abordaje.

Veamos algunos datos métricos de esta pieza, que ilustran lo dicho hasta aquí. Como puede comprobarse, el peso es realmente contenido, pero la sensación del sable en la mano, manejable y a la vez eficaz, es la correspondiente a una auténtica arma de punta y corte:

Longitud de la hoja

732 mm
Ancho máx. hoja
21,5 mm (en la pala)
Grosor máx. hoja
6 mm
Flecha
Hoja recta
Longitud de la guarnición
124 mm
Punto de equilibrio
a 137 mm de la cazoleta
Peso (sin vaina)
626 gr

La vaina del sable, al estilo de la Marina, está realizada en cuero negro con la contera, abrazadera central de refuerzo y brocal fabricados en latón, disponiendo de una única anilla de suspensión7.

En ambas caras de la hoja figuran grabados decorativos conforme al modelo en vigor en la Segunda República, apareciendo además en una de dichas caras la inscripción “FABRICA/DE/TOLEDO”, y por la otra “MARINA ESPAÑOLA” y “MEDINA/MADRID/BARCELONA”. Esto indica que aunque la hoja fue producida por la Fábrica de Toledo, dependiente del Cuerpo de Artillería, lo fue por encargo de una firma comercial catalana especializada en efectos militares8, la cual disponía de establecimientos en Madrid y Barcelona. Esto no debe extrañarnos, pues los sables de oficial eran adquiridos privadamente por sus usuarios, en los numerosos establecimientos del ramo que por aquél entonces existían.


Figs. 4 y 5. Grabados sobre ambas caras de la hoja.




Por último, nos queda mencionar el elemento fundamental, diferenciador, que ha servido para identificar al poseedor original de este sable, y que ha merecido por ello la atención de este trabajo. En la cara superior de la charnela figura, burilada a mano en elegante caligrafía, la inscripción "A. Caso". Como puede suponerse, la inicial del nombre y el primer apellido del oficial que lo empuñó.


Fig. 6. Charnela del sable, grabada “A. Caso”, y marca del comerciante en la hoja.

No es el primer sable de marina que vemos marcado de este modo9. Es costumbre propia de la Armada que se mantiene hasta hoy, y que dota a estos ejemplares de un interés añadido para el coleccionista o estudioso, ya que permite, con una parte de esfuerzo y otra de fortuna, identificar a su poseedor originario, y recuperar al menos de este modo la memoria de unos pocos, de entre los muchos que sirvieron a España desde los buques de nuestra marina de guerra.

Un oficial: Alberto Caso Montaner

En situaciones como ésta, resulta un impulso irresistible para el interesado en el arma blanca, y más en su vertiente militar, tratar de saber más del personaje que hay detrás de una pieza histórica. De esta forma, un objeto de mayor o menor interés técnico y artístico pasa a cobrar una dimensión enteramente nueva, al ponerlo en relación con una experiencia vital y situar así la pieza en las manos de una persona que, como veremos a continuación, atravesó una encrucijada histórica como pocas han existido en la historia contemporánea de España.

El primer paso suele ser en estos casos recurrir a los archivos históricos militares. Los datos de partida eran escasos: el sable debía pertenecer a un oficial en activo dentro del periodo comprendido entre 1931 y 1939, seguramente aún joven en términos relativos. Esto último no es más que una suposición, pero se puede deducir del hecho de que se trata de una pieza fabricada originalmente en ese periodo, y no de una pieza anterior, ostentando la corona monárquica, que su usuario hubiese modificado para ajustarla a la nueva reglamentación. No obstante, si un oficial veterano hubiese decidido cambiar su viejo sable monárquico por uno nuevo, con la corona mural republicana, hubiese elegido una pieza de capricho o de un mayor nivel de calidad, no una pieza como la que describimos que, aun no exenta de elegancia, representa un ejemplar relativamente sencillo del modelo.

El otro dato evidente era que el oficial a buscar debía responder al nombre de “A. Caso”. No se trata de un apellido demasiado común, lo que aumentaba las posibilidades de éxito.

Se dirigió una consulta al Archivo General Militar de Segovia, que en ocasiones anteriores ha rendido excelentes servicios a este autor. No obstante, en esta petición no hubo fortuna: examinados los fondos que se custodian en dicho archivo, no apareció antecedente alguno relacionado con ese nombre.

Sin embargo, el propio Archivo General Militar sugería en su respuesta dirigirse a otra institución de similar importancia, el Archivo General de la Marina Álvaro de Bazán10, quizá con mayor probabilidad de éxito, por su mayor especialización en el mundo naval.

Y así se hizo, con la suerte de recibir al poco tiempo una amable respuesta en la que se indicaba que, cumpliendo las condiciones de búsqueda descritas, en dicho archivo obraba un “pequeño expediente personal” sobre un tal “Alberto Caso Montaner”, según el cual era alférez de fragata en 1927.

El desconocido oficial ya tenía un nombre. Ya era posible empezar a reconstruir su historia. Y como veremos a continuación, esta historia no fue en absoluto pequeña.

Primeros destinos.

Don Alberto Caso Montaner nace el 16 de octubre de 1908. Con algo menos de 16 años, el 13 de agosto de 1924, figura su primer nombramiento en la Armada. Suponemos que lo hace en calidad de aspirante, estando registrado su ingreso en el servicio el 1 de septiembre del mismo año, según consta en el Estado General de la Armada del año 1936.

Tres años después, en septiembre de 1927, es nombrado Alférez de Fragata Alumno de primer año, estando destinado en el crucero Cataluña, con base en el Arsenal de La Carraca, en Cádiz. A título curioso, por esas fechas figura en su expediente una instancia solicitando que se le descuente un 5% adicional en su nómina, para disfrutar del haber máximo correspondiente en su retiro11.

La siguiente referencia que tenemos de Alberto Caso es su ascenso a Alférez de Navío, según figura notificado el 10 de marzo de 1930, pero con efectos desde el 1 de septiembre del año anterior. Por aquel entonces se encuentra destinado en el buque Príncipe Alfonso, asignado a la Escuela Naval Militar12.

El advenimiento de la Segunda República no parece alterar el prosaico devenir de la carrera militar del alférez de navío Caso. En el siguiente apunte en su expediente, el 10 de julio de 1934, nos lo encontramos sirviendo como Ingeniero Electricista especialista en el destructor Alcalá Galiano. En su informe rutinario de calificaciones correspondientes al primer semestre de ese año sus superiores le describen como “buen oficial”, obrando en su puesto “a entera satisfacción”. Curiosamente destaca en educación física, siendo la segunda especialidad que posee junto a la de electricista. De forma casi simultánea a este informe encontramos una instancia solicitando un puesto como ayudante de profesor en el buque-escuela Juan Sebastián Elcano13, lo que va configurando, en apariencia, una carrera militar de perfil técnico y académico, más inclinada a la docencia que dedicada a la acción directa.

No figura en los documentos recuperados del Archivo General de la Marina el resultado de su petición, pero debió ser atendida puesto que el Estado General de la Armada de 1936, antes citado, nos informa de que su destino actual se hallaba en dicho buque-escuela, habiendo tomado posesión del mismo el 6 de agosto de 1934, tan sólo unas semanas después de cursada tal solicitud. Debemos pensar que en tan rápida decisión pesó el buen expediente que se acompañaba.

Estallido de la Guerra Civil: los sucesos del Lepanto.

Uno de los acontecimientos de mayor trascendencia para Alberto Caso Montaner nos ha llegado de forma indirecta, a través del cuaderno de bitácora del comandante del destructor Lepanto, el capitán de fragata don Valentín Fuentes López. Efectivamente, al alférez de navío Caso la sublevación militar del 18 de julio de 1936 le sorprende (como veremos enseguida, esta palabra constituye quizás en este caso un mero recurso estilístico) a bordo de este buque, aunque de forma meramente circunstancial, ya que, según otras fuentes14, Alberto Caso había sido ya nombrado Comandante del nuevo destructor Gravina, en aquel entonces en fase de armamento. Dado que el Gravina no entró en servicio hasta el mes de septiembre de ese mismo año, era imposible que el alférez de navío Caso hubiese tomado posesión efectiva del mando de dicho buque.

De cualquier modo, este nombramiento como comandante de un destructor supone un importante giro en una carrera que hasta entonces parecía destinada a papeles de corte técnico o docente. Si fue una simple etapa intermedia motivada por la búsqueda de un ascenso en el escalafón, o se debió a un cambio en las motivaciones reales de Alberto Caso, es decir, de la persecución de una auténtica evolución vital, es algo que no sabemos con seguridad, aunque los acontecimientos posteriores parecen apuntalar la segunda hipótesis.

A raíz de las declaraciones judiciales que se produjeron en las causas abiertas tras la guerra por parte del bando vencedor contra la marinería del Lepanto, sabemos lo siguiente:

Los Oficiales les manifestaron a los Cabos que se había producido un Movimiento Nacional siendo el Jefe el General Franco y que por el bien de España se debía entregar el barco, oponiéndose a ello la representación. El Oficial que les dirigió la palabra fue el Alférez de Navío Don Alberto Caso...”15   

El alférez de navío Caso aparece, sorpresivamente, como uno de los defensores de la causa de los sublevados, dirigiéndose personalmente a la dotación a fin de lograr su adhesión. Todo parece indicar que su presencia en el Lepanto no era casual, sino parte de un plan para extender la sublevación al mayor número posible de unidades de la Armada.

No obstante, su alocución no surte los efectos deseados, y la dotación del buque se mantiene fiel al gobierno de la República, encabezados por el comandante del destructor, el capitán de fragata Valentín Fuentes, antes mencionado. Los oficiales ven limitados sus movimientos mientras el Lepanto recibe orden de dirigirse al puerto de Málaga. En palabras del propio Fuentes recogidas en el cuaderno de bitácora correspondiente a las primeras horas del 20 de julio16:

A 3 h. amarramos en el puerto de Málaga, en el que se encontraban el “Sánchez Barcáiztegui” y el “Alsedo”. A 5 h. la dotación vino a manifestarme que habían tomado el acuerdo, aprobado por el capitán de corbeta D. Federico Monreal que había llegado de Madrid en avión para tomar el mando del Sánchez Barcáiztegui y que traía poderes del Gobierno, de desembarcar al 2º Comandante D. José Mª Barón y Romero, Capitán Maquinista D. Modesto Pastor Fluxá, Capitán de Intendencia D. Sebastián Noval y Brusola y Alféreces de Navío D. Alberto Caso Montaner y D. Antonio Corpas Prieto, quienes pasaron al “Monte Toro” a disposición del Excmo. Sr. Gobernador Civil de Málaga, con una comunicación firmada por el que suscribe, en el que se hacía constar el deseo de la dotación del Lepanto de que les dispensase las máximas garantías de seguridad por no haber cometido delito alguno y si solo abrigar, respecto a ellos, sospecha de tibieza. A 7 h. a petición de la dotación del “Alsedo” hube de nombrar comandante interino de dicho barco al Alférez de Navío D. Alberto Caso Montaner que estaba en el “Monte Toro” y que tomó el mando en el acto. El que suscribe también estuvo depuesto durante media hora por la dotación, juntamente con el resto de la oficialidad, y llegó a entregar el mando al Auxiliar 1º Naval D. Tomás Díaz y Díaz pero aclamado por la Dotación hubo de continuar en el mando del buque.”

Durante aquellos convulsos días del inicio de la guerra el Monte Toro operaba como buque prisión del gobierno de la República en el puerto de Málaga. Como es bien conocido, los oficiales arrestados en aquel momento, tanto del Lepanto como de los otros buques mencionados, fueron fusilados a mediados de agosto en uno de los episodios más negros de la contienda, y que a la postre supuso una considerable merma de eficacia para la marina del bando gubernamental17.

Sin embargo, de forma sorpresiva, Alberto Caso, que se había destacado de forma muy personal en la defensa del Movimiento de los sublevados, es reclamado por la dotación de uno de los buques que habían sufrido la pérdida de sus oficiales para comandar el mismo, aunque sea de forma interina, tan sólo cuatro horas después de producirse las detenciones. No existe explicación clara para este hecho, por lo que suponemos que más que los deseos de la dotación del Alsedo medió la intervención de alguna persona con el poder y voluntad suficiente para librar al alférez de navío Caso del triste destino que aguardaba a sus compañeros.

Operaciones navales.

De este modo, contra todo pronóstico y seguramente también contra la voluntad del propio interesado, nos encontramos en agosto de 1936 a Alberto Caso Montaner comandando el destructor Alsedo para el bando republicano.

Sus misiones iniciales consistieron en tareas de escolta y patrulla por la zona del Estrecho. El 9 de agosto arriba a Tánger, al parecer con una grave avería sufrida por sabotaje de su propio comandante18. Como vemos, Alberto Caso continuaba fiel a su adhesión a la causa del bando nacional, provocando premeditadamente la avería de su propio buque, a fin de inutilizarlo. Curiosamente fue el destructor Lepanto el que lo remolcó a Málaga, permaneciendo el Alsedo largo tiempo en reparación.

Obviamente, Alberto Caso fue relevado de su mando en el Alsedo, pero en lugar de ser inmediatamente arrestado y acompañar al resto de oficiales detenidos en Málaga, como nos dictaría la lógica más elemental tras esta nueva prueba de su colaboración con el bando nacional, su trayectoria da un nuevo giro inexplicable y es repuesto en el mando que oficialmente le correspondía, el del nuevo destructor Gravina, que había sido armado apresuradamente y puesto al servicio de la República a primeros de septiembre.


Fig. 7. El destructor Gravina, en una imagen de la época.


Una vez asumido su mando y con base en Málaga, Alberto Caso patrulla al mando del Gravina la entrada del estrecho de Gibraltar durante los primeros días de septiembre, junto al Almirante Miranda19. De hecho, aunque el grueso de la flota republicana fue trasladado al Cantábrico el 21 de septiembre, el Gravina permaneció en el Estrecho en su misión de vigilancia.

Su bautismo de fuego tuvo lugar en la que posteriormente sería conocida como Batalla del Cabo Espartel. El 29 de septiembre el Gravina había recibido órdenes de bombardear La Línea, pero poco después solicitaba ayuda ante el acoso de un buque enemigo, el crucero ligero Almirante Cervera.

A dicha llamada de auxilio acudió el destructor republicano Almirante Ferrándiz, que resultaría hundido por un disparo especialmente afortunado del crucero pesado Canarias, alistado en el bando nacional.

El Almirante Cervera descubrió poco después al Gravina a la altura de Tánger y le impidió refugiarse en su bahía. Finalmente el crucero disparó sus piezas contra el destructor comandado por Caso, alcanzando al Gravina con la segunda salva, aunque no inutilizándolo por completo.

En una acción fácilmente explicable dadas sus simpatías, nuestro alférez de navío Caso como comandante del Gravina sugirió rendirse, llegando a izar la bandera blanca, pero el comité político del barco, en su misión de férreo vigilante de los intereses de la República por encima de consideraciones operacionales, procedió a arriarla de inmediato, y forzando la maquinaria que aún respondía consiguió alejarse del crucero enemigo. Incluso se permitió el lujo de responder al fuego con sus piezas de popa, con los nulos resultados que eran de esperar de su deficiente armamento. Finalmente logró arribar y ponerse a salvo en el puerto de Casablanca, en el protectorado francés de Marruecos.

Allí permanece el Gravina hasta el 8 de noviembre, momento en el que, bajo el nuevo mando del capitán de corbeta Luis González Ubieta, zarpa de Casablanca dirigiéndose a Cartagena, donde quedará encuadrado en las flotillas de destructores republicanas. La presencia de González Ubieta como comandante del Gravina demuestra que Alberto Caso había sido apartado de su mando, aunque desconocemos las consecuencias inmediatas que esto pudo suponerle.

En este momento se abre un vacío en la vida de Alberto Caso Montaner, que hasta la fecha no hemos sido capaces de completar. Efectivamente, hasta el mes de abril del año siguiente, 1937, no volvemos a tener noticias de él, aunque, curiosamente, reaparece en la zona nacional. Lo que sucedió en esos casi seis meses es para el autor de este artículo un misterio. Si a causa de su falta de vigor en la acción del Cabo Espartel, y las más que razonables dudas sobre su lealtad a la República, fue encarcelado y de algún modo logró posteriormente evadirse y pasarse al otro bando, es algo que sólo podemos suponer, y de ningún modo certificar.

El Consejo de Guerra

Lo cierto es que la siguiente referencia fiable que tenemos del devenir de Alberto Caso Montaner la encontramos de nuevo en los legajos del Archivo General de la Marina. En ellos consta20 que el 27 de abril de 1937 resulta absuelto en un Consejo de Guerra celebrado en la base naval del Arsenal de la Carraca, en Cádiz, zona que estuvo bajo control del bando nacional prácticamente desde los primeros días de la guerra.

Ni sabemos cómo llegó el alférez de navío Caso a la zona controlada por los nacionales, ni conocemos los motivos que dieron lugar a que se le instruyese un consejo de guerra. Puede intuirse que su pasado inmediato como comandante de dos unidades navales de la República, participando al mando de una de ellas en un enfrentamiento directo con dos cruceros nacionales, le acarreó las inmediatas sospechas por parte de las autoridades de los sublevados, aunque cabe suponer que Caso haría valer sus probadas simpatías por el Movimiento y destacaría su papel obstruccionista, cuando no directamente saboteador, en aquellas acciones en las que se vio forzado a participar en nombre del bando gubernamental.

En todo caso, fuese cual fuera su contenido la acusación no fructificó y como resultado de su absolución se dicta, por parte del Comandante General del Departamento Marítimo de Cádiz, orden al comandante del crucero República21, presente en la Carraca y donde Alberto Caso se hallaba detenido, para que se proceda a la inmediata liberación del mismo, “de no estar sujeto a otras responsabilidades”.

Efectivamente, el comandante del República, Ángel Jáudenes, ordena a su vez al oficial de guardia su liberación en la misma fecha, con lo que parece que, finalmente, el peligroso juego en que se ha visto envuelto Alberto Caso ha podido llegar a su fin, y puede así prestar sus servicios como marino de guerra en el bando de su elección.

Una cuestión de honor

Pero no es así. En un nuevo episodio de lo que a estas alturas se ha convertido en un auténtico drama personal, nuestro alférez de navío, Alberto Caso, se va a ver muy pronto enfrentado a uno de los más peculiares artefactos jurídicos de nuestro antiguo ordenamiento legal: un Tribunal de Honor.

Pero, antes de proseguir con los avatares de nuestro marino, veamos en qué constituían exactamente los tribunales de honor. En palabras de un reconocido jurista constitucional22:

Los tribunales de honor son unas instituciones típicamente españolas, sin parangón en el Derecho extranjero, que nacen en el ámbito castrense para juzgar oficiales, no a suboficiales o clase de tropa (Real Decreto de 3 de enero de 1867). Se extienden luego a la Administración pública (en la legislación de funcionarios civiles de 1918) y más tarde a la esfera privada, en especial a los colegios profesionales.

Estaban formados por los pares del encausado y tenían por finalidad juzgar la dignidad de éste para pertenecer al cuerpo o profesión de la que era miembro. De resultar declarado indigno, el sujeto era expulsado del cuerpo, sin que pudiera interponer recurso alguno. El Tribunal Supremo, aunque muy tardíamente, acabó admitiendo los recursos contra resoluciones de los tribunales de honor si tales recursos alegaban vicios de forma.
Estos tribunales no jugaban actos aislados sino conductas y estados de opinión acerca de la dignidad de un individuo para formar parte de un cuerpo. El bien jurídico protegido no era el honor del enjuiciado sino el del cuerpo al que pertenecía. El procedimiento era sencillo, se daba audiencia al interesado y se mantenía casi clandestina la tramitación que concluía con la absolución o la separación del servicio y la consiguiente propuesta a la autoridad correspondiente.”

Como vemos, entre las peculiaridades de estos tribunales de honor se contaban las siguientes:

  1. Los que juzgaban no eran en modo alguno profesionales del derecho, sino los propios compañeros de cuerpo del encausado,
  2. No se admitía recurso, ni de reposición ante el mismo órgano ni, en general, de alzada ante instancia superior,
  3. El bien protegido no era el honor personal del individuo juzgado, sino el del cuerpo, y
  4. Lo que se juzgaba no era un acto o actos concretos, como es lo usual en la justicia ordinaria, sino algo tan etéreo como la conducta general del individuo y, aún más intangible si cabe, la opinión que sus compañeros tenían de él.

No debe sorprendernos, por tanto, que las actuaciones se mantuviesen en un estatus de semiclandestinidad y se mantuviese cierta discreción sobre las audiencias, deliberaciones y el fallo, bien de absolución o bien de separación del servicio. Este secretismo debía verse lógicamente favorecido en el ámbito castrense por la cadena de mando y el flujo predeterminado de cualquier información de naturaleza sensible o clasificada.

Los tribunales de honor fueron abolidos en todos sus ámbitos por la Constitución de 1931, no viéndose repuestos en el ordenamiento jurídico español hasta la aprobación, tras la guerra civil, de la Ley de Tribunales de Honor, de 17 de octubre de 1941. Por lo tanto, y esto es algo que debe tenerse en consideración para el asunto que nos ocupa, durante toda la contienda los tribunales de honor eran, formalmente, actos nulos de pleno derecho, sin soporte legal alguno por parte del gobierno de la República23, pese a que, como luego veremos, el bando de los sublevados se apresurase a aplicar un parche de dudoso valor jurídico a tal situación.

Pero estas dudas legales no impidieron que se celebrasen, al menos en el bando nacional. De ello da fe el expediente conservado en el Archivo General de la Marina, marcado como Reservado, Tribunales de Honor24, que contiene los documentos relacionados con “El celebrado contra Alférez Navío Caso Montaner”, según reza su portadilla.

El primer documento del legajo consiste en una nota del Almirante de la Flota Nacional, Francisco Moreno, a bordo del crucero “Baleares25, dirigida al Comandante General del Departamento Marítimo de Cádiz, Manuel Ruiz. En ella se da cuenta de que, para su “superior resolución”, se adjunta determinada documentación sobre la “reunión previa autorizada por V.E.” que se produjo en torno a Alberto Caso Montaner, reunión que tuvo lugar el día anterior, 8 de mayo de 1937. Es decir, tan sólo unos días tras la absolución de nuestro alférez de navío en su anterior consejo de guerra.

La respuesta a la nota del almirante nos aclara la naturaleza de la documentación adjunta: se trata de una petición por parte de tres tenientes de navío, Alfredo Lostau, Mario Garcés y Ramón Liaño, a fin de gozar de la venia del Comandante General para constituir un tribunal de honor al alférez de navío Alberto Caso.

Vemos por tanto que el asunto va adquiriendo en su conjunto todo el aspecto de una auténtica caza de brujas. No obstante, la respuesta del Cdte. General, señalada como reservada y que se produce sólo dos días más tarde, es una negativa: declara nula dicha reunión previa, “que debe preceder a dicho Tribunal de Honor”, aunque reconoce que se celebró conforme al decreto 78 de 1936.

Este documento nos informa de dos hechos: por un lado, que el Cdte. General, por algún motivo que desconocemos, quizá de naturaleza ética o personal, es contrario a la celebración de dicho tribunal de honor, para lo que se ampara en determinado defecto de forma. Y por otro lado, nos confirma la existencia de un decreto, suponemos emitido por la máxima autoridad de los sublevados, que repone en su ordenamiento jurídico los tribunales de honor, aunque evidentemente sólo para la zona de su influencia.

En buena lógica, todo debería haber quedado aquí. Pero de alguna manera el asunto llega a conocimiento del propio general Francisco Franco, ya por entonces Generalísimo, quien sorprendentemente toma cartas en el asunto de forma personal al enviar el 14 de mayo, desde su Cuartel General en Salamanca nota a la Jefatura del Estado Mayor de la Armada, con destino al citado Cdte. General del Dpto. Marítimo de Cádiz y copia al Almirante Jefe de la Flota, afirmándose en ella lo siguiente:

El Generalísimo, enterado de los incidentes a que ha dado lugar la pretendida reunión previa para formar tribunal de honor al Alférez de Navío Don Alberto Caso ha consultado a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General que la evacua en estos términos:..”

En dicha nota se dice esencialmente que, si bien la reunión celebrada en la cámara de oficiales del Baleares es inválida como previa, sí que es cierto que un número de oficiales le imputan un hecho de naturaleza deshonrosa (y, añadimos nosotros, desconocida) del que tiene conocimiento la superioridad. De hecho, si entre los veinticinco alféreces de navío que asistieron a esa reunión previa, hubiese tres de mayor antigüedad que el enjuiciado que promoviesen ante la superioridad la celebración de dicho Tribunal de Honor, “este inevitablemente se formará”.

A continuación se dan algunos detalles sobre la correcta formación del tribunal, compuesto por once oficiales de mayor antigüedad que el encausado, del mismo Departamento, y que de no existir en este numero deberán tomarse del conjunto de la Escuadra. Estos oficiales no deberán “estar en entredicho”, es decir, estar pendientes a su vez de su propio tribunal de honor o en situación de disponible gubernativo, es decir, provisionalmente separados del servicio activo, como parece que era la situación concreta de al menos dos de los denunciantes de Alberto Caso.

Finalizado el informe jurídico en sí, se añade en la nota que, aunque es por tanto potestativa en el Cdte. General la facultad de incoar tribunal de honor contra el alférez Caso, se tenga presente que:

Como conviene que se depure hasta donde sea posible la conducta de los oficiales que han estado al mando de buques y unidades con los rojos, para establecer una garantía sólida del honor de las corporaciones militares, someto a su consideración utilizarla, y que parta de V.E. la reunión del Tribunal de Honor compuesto por los Alféreces de Navío del Departamento que no hayan servido a los rojos, Alféreces de Navío de la Escuadra, si está en puerto, o Tenientes de Navío en su defecto.”

El asunto queda ahora meridianamente claro. Lejos de constituir un caso aislado, promovido por un grupo de oficiales contrarios, por el motivo que fuere, a Alberto Caso, se trata de una acción orquestada por la máxima autoridad de los nacionales contra todos aquellos oficiales que, habiendo mandado unidades para el bando republicano, ahora se encuentran integrados en las filas de los sublevados. La herramienta de los tribunales de honor resulta especialmente idónea para esta depuración política: no dependen de la necesidad de probar hechos ilícitos concretos para lograr una resolución condenatoria, son independientes de las decisiones judiciales previas (como, en nuestro caso, el consejo de guerra anterior en el que nuestro alférez resultó absuelto) y sus conclusiones pueden mantenerse con naturaleza reservada.

Así pues, el engranaje se pone definitivamente en marcha contra Alberto Caso. De forma lo bastante irónica lo hace precisamente contra él, que se significó personalmente a favor del bando nacional en los primeros días de la sublevación y que, según demostraron sus acciones posteriores, siguió conservando sus simpatías hacia ese bando incluso mientras comandaba unidades de la República.

El 26 de mayo el Cdte. General del Dpto. Marítimo abandona finalmente su renuencia, se pliega a las indicaciones recibidas y ordena al Almirante Jefe de la Flota Nacional que el inmediato viernes 28 se celebre el tribunal de honor para “depurar la conducta del Alférez de Navío Don Alberto Caso Montaner”, advirtiéndole además de la conveniencia de que si algún oficial a su mando tiene algo que comentar a los integrantes del tribunal, así lo haga. El Almirante responde que, si es así, se le comunique los nombres de los once tenientes de navío que han de constituirlo, a fin de que se cumpla dicha sugerencia.

Parece que no tuvo eco esta petición del Almirante, pues él mismo encomienda al Comandante del Baleares, Manuel de Vierna, la constitución del tribunal a partir de once tenientes de navío del propio buque, o en su defecto del conjunto del Departamento Marítimo. Dicho trámite hace que la celebración del tribunal se fije para el 29 de mayo, sábado, a las 16 horas, en la cámara de oficiales del buque.

Es finalmente el teniente de navío Andrés Gamboa, como más antiguo del Baleares, el que forma el tribunal entre los tenientes de navío embarcados en el mismo. En el expediente de referencia figura, bajo membrete del Estado Mayor de la Flota Nacional, una lista de once nombres, bajo un simple encabezado manuscrito que reza: “T. de N. del Dpto. nombrados para formar parte Tribunal”. Vemos, en definitiva, que no hubo en toda la flota siquiera once alféreces de navío libres de sospecha, capaces por tanto de formar dicho tribunal.

El Tribunal de honor se celebra, según se ha ordenado, el sábado 29 de mayo de 1937, de lo que queda constancia en el expediente, al remitir el teniente de navío Gamboa una nota al Comandante del Baleares, con la que adjunta, “en sobre aparte, lacrado y sellado”, el acta del tribunal de honor celebrado en esa fecha bajo su presidencia. Acta que es materia reservada, como puede apreciarse.

Siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 7º del ya citado “decreto nº 78 de 17 de noviembre de 1936”, este sobre, aún “cerrado y lacrado”, es enviado por el propio Almirante de la Flota, Francisco Moreno, al Presidente del Alto Tribunal de Justicia Militar.

El último documento del legajo lo constituye un pequeño informe que, firmado por el mismo Almirante y a modo de resumen, recoge los hechos más importantes del proceso, según los hemos relatado. Dirigido al General Secretario de Guerra, en Burgos, nos recuerda la relevancia que se le dio a todo el proceso, quizá por ser el primero de una serie que vendría, quizá por otros motivos que desconocemos.

Tampoco desvela este informe ningún detalle del contenido del acta, del que por el momento nada sabemos. Pero en cualquier caso, el hecho de que no figure ni un solo documento más en el Archivo General de la Marina sobre Alberto Caso Montaner nos hace temer que, con gran probabilidad, éste fue separado definitivamente del servicio.

De cualquier modo, sí que sabemos que sobrevivió físicamente a la guerra, muriendo en Madrid el 8 de mayo de 1965, a la edad de 56 años. Así reza una esquela publicada por su familia dos años después del óbito, anunciando unas misas por su eterno reposo26. Muy significativamente, en dicha esquela no se menciona su condición de antiguo militar, sino que se hace referencia a él como “Ingeniero Electricista” por una escuela civil belga27.

Conclusión

A lo largo de este texto hemos tratado de cubrir dos objetivos: el primero, describir técnicamente y situar en su contexto histórico y funcional un ejemplar de arma blanca reglamentaria, en nuestro caso un sable de oficial del Cuerpo General de la Armada, modelo 1844.

El segundo objetivo de este trabajo ha surgido al fijar nuestra atención en el poseedor original de este sable, identificado gracias a la presencia de una inicial y un apellido en la guarda de dicho sable, y a la datación aproximada del arma. Combinando ambas informaciones hemos obtenido una identidad, la del alférez de navío don Alberto Caso Montaner, y con ella el desarrollo de una carrera militar.

Como sucede con mucha frecuencia, lo que a primera vista pudiera haber sido una historia más o menos anodina de un oficial de la Armada cuyo nombre no recogen los libros de historia, se convierte tras la investigación en una experiencia vital apasionante, llena de alternativas, siempre caminando sobre el alambre, en una contienda en la que, sobre todo en sus comienzos, los bandos no se hallaban bien delimitados. Y dentro de estos avatares, surge a modo de epílogo la figura de un tribunal de honor, especie jurídica hoy extinta a la que fue sometido nuestro oficial.

Ciertamente, quedan interrogantes por desvelar, que han quedado por el momento fuera del alcance del autor. El fundamental es el contenido del acta del tribunal, que permanece secreto pero que suponemos motivó la separación del servicio del alférez de navío Caso Montaner. Tampoco conocemos cómo paso el resto de la guerra nuestro protagonista, seguramente ya apartado de las fuerzas del bando nacional, o cómo se reintegró tras la contienda a la vida civil.

Pero siendo importantes preguntas que quizá reciban respuesta en un futuro, debemos resaltar la importancia que tiene aprovechar cualquier oportunidad para rescatar del olvido a las personas que hicieron suyos los objetos que, hoy inanimados, pueblan las colecciones de historia militar. Realmente, es lo único que dota de sentido a tales colecciones, lo que debiera constituir su objeto fundamental.

Bibliografía

  • BARCELÓ RUBÍ, Bernabé: Armamento Portátil Español 1.764-1.939. Ed. San Martín, Madrid, 1976.
  • BARCELÓ RUBÍ, Bernabé: 3 siglos de Armamento Portátil en España. Autor-editor, Palma de Mallorca, 2002.
  • BERNALTE SÁNCHEZ, Adolfo, MELERO GUILLÓ, Mª Jesús: Catálogo de Armas Blancas del Museo Naval. Publicaciones de Defensa, Madrid, 2006.
  • CALVÓ, Juan Luis: Artículos sobre arma blanca, en la página web de dicho autor, Barcelona, 2004-2006.
  • CERVERA PERY, José: La guerra naval española (1936-1939). Ed. San Martín, Madrid, 1988.
  • GÓMEZ Ruiz, M., ALONSO Juanola, V: El Ejército de los Borbones. Publicaciones del Servicio Histórico Militar, Madrid, 1989.
  • GONZÁLEZ, Hilario: La fábrica de armas blancas de Toledo: resumen histórico. Menor Hermanos, Toledo, 1889.
  • MARTÍNEZ, Pepa: El hijo del herrero. Asociación Memoria Histórica de Cartagena, Cartagena, 2012.
  • MOLINA FRANCO, Lucas, y MANRIQUE GARCÍA, José Mª: Atlas ilustrado de las Armas y Uniformes de la Guerra Civil Española. Ed. Susaeta, Madrid, 2010.
  • NAVARRO, Vicente: Espada-sable Puerto-Seguro. La histórica verdad. Edición del autor, Barcelona, 2008.
  • PERIS, Diego: La Fábrica de Armas Blancas de Toledo. Univ. De Castilla-La Mancha, Ciudad Real, 1999.
  • TOLEDO, Vicente, NAVARRO, Vicente, SALA, Lluc: Espadas Españolas, militares y civiles. Edición del autor, Valencia, 2010.

Notas

1 Originalmente concebido para su publicación en forma impresa.

2 Un ejemplo paradigmático lo constituyen los meticulosos registros de la conocida Wilkinson Sword de Pall Mall, en Londres, recientemente desaparecida pero cuyos archivos siguen siendo accesibles al público interesado.

3 BERNALTE SÁNCHEZ, Adolfo, MELERO GUILLÓ, Mª Jesús: Catálogo de Armas Blancas del Museo Naval. Publicaciones de Defensa, Madrid, 2006, p. 24-26.

4 Ibídem, p. 25.

5 Para la Segunda República, el uso de la corona mural fue establecido por Orden del 25 de abril de 1931. Es importante apreciar que en el caso de este sable no se trata de un ejemplar anterior modificado, sino que fue fabricado de origen con la corona mural que podemos apreciar.

6 En los sables y espadas antiguos en los que predomine su uso de estocada el centro de gravedad suele situarse a unos 7 u 8 cms. de la guarnición, en tanto que en aquellos destinados a un uso de corte dicha distancia crece hasta unos 12 ó 13 cms. Siendo unas cifras aproximadas, esta regla empírica se cumple con asombrosa regularidad en armas de diferentes épocas y procedencias.

7 El modelo original de 1844 portaba dos anillas de suspensión, una en la contera y otra en la abrazadera central, pero una R.O. de octubre de 1901 decidió suprimir esta segunda anilla, al modificarse el correaje reglamentario para portar el sable.

8 Juan Medina, industrial del ramo de efectos militares, fundó en 1850 la firma “Casa Medina”, con taller y despacho en Barcelona, y sucursal en Madrid (CALVÓ, Juan L.: Artículos sobre arma blanca, en la página web de dicho autor, Barcelona, 2004-2006).

9 Por citar un ejemplo entre muchos, pero lo bastante relevante, el Museo Naval de Madrid conserva entre sus fondos un sable de este modelo, marcado igualmente en la charnela, que ostenta la inscripción “Casto Méndez Núñez”, el ilustre comandante de la fragata blindada Numancia, que participó como es sabido en el renombrado combate del Callao, el 2 de mayo de 1866.

10 Nos referiremos en adelante a este archivo en las notas como AGMAB

11 AGMAB, Cuerpo General, legajo nº 620/245

12 AGMAB, legajo nº 9783.38

13 Ibídem.

14 MARTÍNEZ, Pepa: El hijo del herrero. Asociación Memoria Histórica de Cartagena, Cartagena, 2012.

15 Ibídem, reproduciendo declaración judicial de Pedro Tárraga García, miembro de la dotación del Lepanto, el 9 de mayo de 1939.

16 Ibídem.

17 Como muestra de las dimensiones de esta bárbara y sumaria represión, baste decir que un total de 255 oficiales, jefes y almirantes del Cuerpo General de la Armada fueron detenidos y fusilados por indicaciones del Gobierno de la República y su Ministerio de Marina, sólo entre el 18 de julio y el 30 de agosto de 1936. Esto supuso la pérdida del 35 % del total de sus efectivos (MOLINA FRANCO, Lucas, y MANRIQUE GARCÍA, José Mª.: Atlas ilustrado de las Armas y Uniformes de la Guerra Civil Española. Ed. Susaeta, Madrid, 2010, p. 107)

18 Destructor Alsedo, artículo en la Enciclopedia en línea Wikipedia (http://es.wikipedia.org).

19 Destructor Gravina- G, artículo en Historia Naval de España (http://foro.todoavante.es).

20 AGMAB, legajo nº 9783.38

21 Nombre que ostentó este buque entre 1931 y 1938. Originalmente fue el Reina Victoria Eugenia, y en 1938 los nacionales le denominaron Navarra, nombre con el que finalizó su vida activa en 1951 (fuente: Hemeroteca ABC).

22 Canosa Usera, Raúl: “Sinopsis del artículo 26 de la Constitución Española”, Universidad Complutense, diciembre 2003.

23 En tiempos recientes los tribunales de honor han sido nuevamente abolidos, en el ámbito civil por la Constitución de 1978, y en el militar por la Ley Orgánica 2/1989, de 3 de abril, Procesal militar.

24 AGMAB, legajo nº 9093

25 Precisamente fue la conocida pérdida de este buque el 6 de marzo de 1938, muy sensible para el bando nacional, la que motivó la entrada apresurada en servicio activo del República, y su nuevo y oportuno bautizo como Navarra. Por cierto, se da el hecho no menos curioso de que el hundimiento del Baleares fuera a manos del destructor Lepanto. Cosas de la guerra.

26 Hemeroteca ABC, 7 de mayo de 1967

27 Aunque Alberto Caso ingresó en la Armada a la edad de 16 años, demasiado temprana para haber cursado estudios de ingeniería con anterioridad, como ya vimos no figura apunte alguno en su expediente militar entre 1930 y 1934, por lo que cabe la posibilidad de que estudiase durante un tiempo en dicha escuela, mediando algún tipo de licencia. También es posible, desde luego, que tras los acontecimientos “deshonrosos” –y para él seguramente traumáticos- de la guerra se tratase de ocultar su pasado militar, y su paso por dicha escuela civil fuese una invención.


                                                                      ã Juan José Pérez, 2012-2017

16 comentarios:

  1. Magnífico Blog Juan José... todo un descubrimiento... y mil gracias por la mención.

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    1. Muchas gracias a tí, Adolfo. ¡Celebro que te haya gustado!

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  2. Algun dato mas.
    En el ABC 25/05/1955 hay un articulo http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemeroteca/madrid/abc/1955/05/25/041.html
    Firmado por Alberto caso Montaner acerca de un congreso internacional de energía atómica en Belgica.

    También aparece en una relación de españoles presentes en un congreso sobre el tema en Ginebra en el mismo año 1955

    https://books.google.es/books?id=J9WFBwAAQBAJ&pg=PA48&lpg=PA48&dq=%22Alberto+Caso+Montaner%22&source=bl&ots=7ZF0XhRwS0&sig=YudVAyIklg_nSrm_EbHxwOto7Zo&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwjN1LSqh7vVAhVDEVAKHYtRAfkQ6AEIKzAB#v=onepage&q=%22Alberto%20Caso%20Montaner%22&f=false

    En 1957 aparece también como autor de un seminario sobre el mismo tema
    http://www.worldcat.org/title/tecnica-y-economia-nuclear-seminario-de-energia-nuclear/oclc/807483194.

    Buscando en Google pueden encontrase varias referencias mas que parecen indicar que Alberto Caso Montaner fue un pionero en el estudio de la energía nuclear en España

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    1. César, esta información resulta... ¡sorprendente!

      Y fascinante, además. Encaja con la fecha de creación de la Junta de Energía Nuclear (1951), al principio bajo control militar y con el objetivo no confesado de disponer de una bomba nuclear española, junto al desarrollo civil de esta energía. De hecho, los cuatro primeros presidentes de la Junta fueron militares, según la web del actual CIEMAT.

      Un antiguo miembro de la Armada, con formación en ingeniería eléctrica, bien pudo encontrar acomodo en este organismo.

      ¡Muchas gracias por la aportación!

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  3. Creo que es posible, pero las referencias que da la web son más bien civiles.
    Por ejemplo "Técnica y economía nuclear : Seminario de Energía Nuclear" aprece publicado por una empresa Hidroeléctrica Moncabril, S.A. que era una eléctrica que explotaba varias centrales hidroeléctricas en Zamora.
    Y en al relación de participantes en Ginebra no esta como miembro de la JEN sino que aparece como ingeniero de otra empresa, Hidronitro SA que en aquella época explotaba varias centrales eléctricas en Aragon.

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    1. Muy cierto. En ese caso parece que ya estaba lejos de la vida militar. Supongo que volvemos a la teoría inicial, que el resultado de su tribunal de honor en 1937 pudo significar su expulsión de la Marina. Y tener que reinventarse, como se dice ahora.

      En cualquier caso, un personaje inquieto, como ya suponíamos. Gracias de nuevo por la información.

      JJ

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  4. Lo extraño es no encontrar su baja en el diario oficial. He encontrado otro documento en el archivo on line del boletín del ministerio de marina que el 18.04.1941 menciona a nuestro protagonista entre una nutrida lista de oficiales a los que por diferentes razones que se exponen en el documento, se ordenaba les fuesen devueltas a tales Oficiales las cantidades que abonaron para acogerse a los derechos pasivos máximos, los que tú habías localizado en el expediente.

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  5. Y añado que he encontrado otro A Caso montaner en la Armada. Se Trata de uno de los hermanos de Alberto.
    Su Nombre era Alfredo Caso Montaner y pertenencia al cuerpo de intendencia de la armada. En 1939 se le menciona en el BOE como teniente habilitado asignado al destructor Miranda en agosto de 1939. Su carrera sigue hasta su pase a la reserva en 1981 como General Intendente de la Armada y siendo gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Falleció en el año 2004 con 86 años, según la necrológica publicada en ABC. Por tanto nació en 1918, diez años mas joven que su hermano Alberto, pero debió ingresar en la armada también muy joven para ser ya teniente en el 39.

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  7. Pues al final lo encontré.

    He encontrado el BOE en el que el Teniente de navío Alberto Caso Montaner pasa a la situación de retiro el 13.12.1941, conforme a lo dispuesto por el consejo de ministros del día 4 de diciembre según la ley del 12 de junio de 1940. Esta ley facultaba para dar el paso a retiro, sin necesidad de justificación ninguna, a cualquier oficial sin que necesariamente fuera consecuencia de accion disciplinaria ninguna y a los que se les reconocía el derecho a recibir los haberes pasivos correspondientes.

    Es interesante porque quiere decir que debio salir mas o menos tocado del Tribunal de Honor, pero no le dieron la baja como consecuencia.
    Puesto que en 1941 era teniente de navío al menos tuvo un ascenso con posterioridad a 1937. Su baja se aplica como consecuencia de la ley creada para dar salida a los llamados "leales geográficos" es decir los oficiales que el 18.07.1936 estaban en zona republicana y que siguieron allí sin significarse en exceso en un sentido u otro.

    http://bibliotecavirtualdefensa.es/BVMDefensa/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=130813

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  8. Respecto de su hermano, que ya es casualidad que ambos sean A. Caso, sí que me apareció entre los papeles del Archivo de marina, pero lo desestimé por demasiado joven, no pudo hacerse con un sable antes de 1936 (aún estaría en la escuela naval). Supongo que su ascenso rápido a teniente (ojo, posiblemente en intendencia los grados eran entonces como el ejército, ese "teniente" a secas equivaldría a "alférez de navío").
    Muy interesante por fin el dato del pase a retiso de Alberto Caso. Su ascenso final se puede explicar porque justo en el momento de pasar a retiro era costumbre darle un último ascenso (sin ocupar nuevo destino) para cobrar más pensión. Hasta hace poco eso era norma no escrita.

    Muchas gracias por todas las aportaciones. Cuando escribí este artículo en 2012 me temo que muchas fuentes documentales aún no estaban digitalizadas, por lo que no aparecieron en mis búsquedas, y veo que el archivo naval dejó mucho que desear. Estos datos (sobre todo el paso a retiro) debieron suministrármelos.

    En algún momento incorporaré estos datos al artículo, gracias de nuevo.

    Un saludo,
    Juanjo

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  9. Quería decir que el ascenso rápido de su hermano se debería a necesidades o méritos de guerra (perdón, cosas del editor)

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  10. Y más datos y algo de especulación.
    En el Diario Oficial del ministerio de Marina y aire (gubernamental) aparece nuestro Alférez Alberto Caso Montaner el día 19.10.1936 al causar baja con pérdida de todos los derechos, condecoraciones etc, junto con un gran número de oficiales por decreto del día 16.10.1936 firmado por Manuel Azaña y refrendado por Indalecio Prieto.
    Evidentemente en esa fecha el Gobierno lo considera participe del golpe de estado y por esa causa lo expulsa de la armada. http://bibliotecavirtualdefensa.es/BVMDefensa/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=124663
    Si juntamos eso con el cambio de mando realizado en el Gravina, entonces refugiado en Casablanca tras la batalla del cabo Espartel en el Marruecos francés podemos especular, con un cierto grado de certeza que ocurrió.
    Hecho 1: El 29.09.1936 es un oficial con mando del Gravina y por tanto goza de la confianza del gobierno.
    Hecho 2: El día 16.10.1936 es un traidor certificado por la jefatura del estado. En esa fecha el buque estaba aún internado en Casablanca reparando.
    Hecho 3: Algo ocurrió entre esos 17 días que hizo que nuestro alférez pasara de leal a traidor, además debió ocurrir en fechas muy próximas al 30 de septiembre para que la información llegara a los órganos de gobierno y pudiera tramitarse los decretos burocráticos indicados.
    Especulación: Parece razonable pues suponer que nuestro alférez aprovecho su estancia en el Marruecos francés para abandonar su barco, probablemente en la primera semana de octubre y pasarse al bando nacional, cosa que muchos otros marinos hicieron aprovechando semejantes circunstancias. De esa forma esos seis meses de vacío hasta el consejo de guerra representaran el tiempo necesario para cruzar desde Casablanca al Marruecos español, cruzar el estrecho y comparecer ante las autoridades navales, que necesariamente tuvieron que requerir algún tiempo para organizar dicho consejo de guerra.

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  11. Alguna cosa mas.

    Un par de fotos, muy mala pero supongo que en la copia en papel sera mejor, de nuestro protagonista en correcto uniforme de la armada, siendo profesor a bordo del Juan Sebastián El Cano en un crucero en Lejano Oriente

    https://publicaciones.defensa.gob.es/media/downloadable/files/links/R/E/REVISTAS_PDF3224.pdf

    https://publicaciones.defensa.gob.es/media/downloadable/files/links/R/E/REVISTAS_PDF3214.pdf

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  12. Pues he encontrado algunas cosas nuevas.
    Según http://www.bibliotecavirtualdefensa.es/BVMDefensa/i18n/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=130776

    El 26.10.1941 se anula la orden del 8 de agosto de 1937 por la que causo bajo el Alférez de Navío D. Alberto Caso Muntaner y se le asciende a Teniente de Navío con antigüedad 25.01.1937 quedando disponible forzoso.

    Dos meses después es cuando pasa a la situación de retirado, como ya habíamos visto.

    Pero ademas nos da una valiosa información. Su expulsión de la armada se publico por Orden ministerial de 8 de agosto de 1937 (B. O. número 296). Por tanto podemos localizarla.

    https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1937/296/A02827-02832.pdf

    Aparece pues reflejado que efectivamente, fue expulsado de la armada conforme al articulo 7º del “decreto nº 78 de 17 de noviembre de 1936”, es decir como consecuencia de la decisión dle tribunal de honor.

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  13. ¡Lo sabía! Ahora sí que todo encaja. Sí que fue expulsado como yo sospechaba inicialmente, pero parece que alguien decidió que la separación definitiva del servicio de estos marinos, y dejarles de este modo sin pensión, era castigo excesivo, más aún en el caso de Alberto que en realidad siempre abrazó la causa de los nacionales. Todo con la idea de ascenderles para así mejorar su situación económica e inmediatamente pasarles a retiro, pues resultaban en todo caso incómodos. Muy típico de como solemos hacer las cosas en este país.

    Gracias de nuevo por tus valiosas aportaciones. Ahora sí que podemos decir... Caso cerrado.

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